Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE: ARTURO VILLEGAS CARO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 2.454.199, fallecido el día 30 de SEPTIEMBRE de 2025, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 07331463 de la Notaria Octava (8a) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 037 del 05 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 05 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M. ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE: JOSE ARTURO BENAVIDES CASTRO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 6.069.022, fallecida el día 17 de ABRIL de 2010, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 06707381 de la Notaria Octava (8) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 031 del 04 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 04 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M. ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN -20 +57 602 660 4465 / 602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Avisos de Remate
Texto: Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias Cali-Valle del Cauca SIGCMA...
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Fecha 2026-03-15
Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias Cali-Valle del Cauca SIGCMA JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI-VALLE DEL CAUCA
memorialesj01ofejecmca li@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación memoriales AVISO DE REMATE Santiago de Cali, 02 de marzo de 2026 No. 0043/2026 C.C. anasanchezabogada@hotmail.com
Referencia: Ejecutivo Demandante: Edificio Colseguros P.H. Nit. 890.307.827-2 Demandado: Luz Dary Torres Montaño Torres. C.C. 31.160.071 Leonel Palomino Morante. C.C. 16.772.567
Herederos de Efraín Palomino Useche (Q.E.P.D) Radicación: 76001-4003-027-2011-00307-00 AUTO NO. 1135 Cordial Saludo,
El juzgado Primero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, mediante Auto 1135 calendado 02 de marzo de 2026, resolvió: “PRIMERO. –SEÑÁLASE como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble con matrícula inmobiliaria 370–401154, Oficina 824 Edificio Colseguros avaluado en la suma de $90.484.500,oo M/Cte., la del ocho (8) de abril de dos mil veintiséis (2026), a las nueve de la mañana (9:00 A.M.). SEGUNDO. –DISPÓNESE que la diligencia de remate comience a la hora indicada y que no se cierre hasta que haya transcurrido al menos una hora desde su inicio. La base de la licitación será la que cubra el setenta por ciento (70%) del total del avalúo dado al bien, (art. 448-3 C.G.P.), y será postor hábil el que previamente consigne el equivalente al 40% del mismo avalúo (art. 451 C.G.P.), a órdenes de este Juzgado, en la cuenta No. 760012041700, dependencia No. 760014303000 del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, para proceso. TERCERO. –ANÚNCIESE esta decisión al público, mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez, en un periódico de amplia circulación local o una radiodifusora, el domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate en el lugar de ubicación de los bienes. CUARTO. –PREVENGASE a la parte ejecutante para que aporte una copia informal de la página del periódico o la constancia del medio de comunicación en que haya hecho la publicación, para ser agregada al expediente antes de la apertura de la licitación conforme a lo establecido en el artículo. 450 del C.G.P., e igualmente se le indica que debe allegar un certificado de tradición del bien a rematar actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. QUINTO. – EXPIDASE por la SECRETARÍA DE LA OFICINA DE APOYO DE LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI, el aviso de remate correspondiente y remítase al interesado una vez ejecutoriada esta providencia por el medio más expedito y eficaz para el correspondiente diligenciamiento o en su defecto, se agenda cita para su retiro.
SEXTO. –INFÓRMASE a las partes y usuarios en general que la AUDIENCIA DE REMATE se llevara a cabo de forma VIRTUAL de conformidad con lo dispuesto en el Art. 452 del C.G.P., y el PROTOCOLO DE AUDIENCIAS, el cual puede consultarse en el link: https://publicacionesprocesales.ramaj
udicial.gov.co/web/publicaciones-procesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosPr ocesales_PublicacionesEfectosPr ocesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevq IWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=nor mal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosPr ocesales_PublicacionesEfectosProces alesPortlet_INSTANCE_qOzzZevq IWbb_tipoCategoria=tip oPub&_co_com_avanti_efectosProce sales_PublicacionesEfectosPr ocesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIW bb_action=filterCategories&_co_co m_avanti_efectosProcesales_Public acionesEfectosProcesalesPort let_INS TANCE_qOzzZevqI Wbb_idTipo=8766896 SEPTIMO. –COMUNIQUESE a los posibles postores que, para la devolución de las consignaciones por concepto de remate, superiores a los 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, deberán presentar junto con su oferta, certificación bancaria para el pago con abono a cuenta del beneficiario por transferencia; lo anterior atendiendo la circular No. PCSJC21 del 08 de julio de 2021 de la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura; así mismo, que conforme a la circular PCSJC21-26 de 17/11/2021.” (Fdo) JORGE HERNAN GIRON DIAZ (Juez).
Ubicación inmueble: ubicado en la carrera 5 No.10-63 y calle 11 No.4-42, oficina 824, identificado con folio 370-401154 Secuestre: MARICELA CARABALI, número Celular de contacto: 3206699129. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. Atentamente, LORNA ALEXANDRA CUADROS GONZALEZ Profesional Universitario Grado 17 Líder de Gestión Documental Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali Este documento se firma de manera electrónica. Por lo tanto, no tiene caducidad. Para su confirmación y verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co (firma electrónica) o ingrese al link https://procesojudicial.ramaj udicial.gov.co/FirmaElectronica/ y digite el número que figura en la parte inferior. Firmado Por: Lorna Alexandra Cuadros González Profesional Universitario Oficina De Apoyo Ejecución Setencias Civil Municipal Cali- Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 61d7ad1bf6307e508cc86b ab7b414ca4ba5b89e6f612826b 1b0cf6dd7091e566 Documento generado en 11/03/2026 02:19:45 PM
Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL:
https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 “Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15-10402 de 2015” y a su vez se crean con “carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional”, ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS citas atención al público
apofejecmcali@cendoj.ramaju dicial.gov.co Código: 9697
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Otras Ciudades
Texto: Juzgado Segundo Promiscuo Municipal El Cerrito Valle del Cauca Listado Para Emplazamiento Artículo 108 CGP Juzgado:Segundo Promiscuo Municipal de El...
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Fecha 2026-03-15
Juzgado Segundo Promiscuo Municipal El Cerrito Valle del Cauca Listado Para Emplazamiento Artículo 108 CGP Juzgado:Segundo Promiscuo Municipal de El Cerrito Valle Clase de proceso:Verbal especial de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio Radicado:762484089002- 2025-00173-00 Demandante: Juan Carlos Cañón Chapue Cedula: C.C.16.986.372 Demandados:Esther López de Hernández, Lenin Hernández Noguera, Oscar Hernández Ortega; John Kennedy Herández Noguera, Bruno Hernández Noguera, Marieta Hernández Noguera, Segundo Gumercindo Hernández Noguera, María Aida Jair Hernández Ortega, Oscar Hernández Ortíz, Amparo Hernández López, Italia Hernández López, Fanny Hernández López, Daniela Hernández Gutíerrez, Luis Miguel Hernández Echeverry, Alejandra Hernández Hurtado, Cármen Hernández López personas inciertas e indeterminadas. Emplazados:Esther López de Hernández, Lenin Hernández Noguera, Oscar Hernández Ortega; John Kennedy Herández Noguera, Bruno Hernández Noguera, Marieta Hernández Noguera, Segundo Gumercindo Hernández Noguera, María Aida Jair Hernández Ortega, Oscar Hernández Ortíz, Amparo Hernández López, Italia Hernández López, Fanny Hernández López, Daniela Hernández Gutíerrez, Luis Miguel Hernández Echeverry, Alejandra Hernández Hurtado, Cármen Hernández López. Personas inciertas e indeterminadas. Para los efectos legales y en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 108 del Código General del Proceso en concordancia con lo establecido en el art 10 de la ley 2213 de 2022. Publicación que se realiza en el Registro Nacional de Personas Emplazadas - Justicia XXI Web y se deja a disposición de las partes en el Micrositio Web del Juzgado.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA ACUMULADA DE LOS CAUSANTES: BERTHA OSORIO DE VILLEGAS, que en vida se identificaba con cedula de ciudadanía No 29.274.776, fallecida el día 01 de SEPTIEMBRE del 2022, en la ciudad de Cali, según registro Civil de defunción con indicativo serial No. 10757604 de la Notaria Veintidós (22) del círculo de Cali- Valle y el señor LEONIDAS VILLEGAS GIRALDO que en vida se identificaba con cedula de ciudadanía No 2.508.284, fallecido el día 03 de MARZO del 2016, en la ciudad de Cali, según registro Civil de defunción con indicativo serial No. 08922907 de la Notaria Veintidós (22) del círculo de Cali- Valle, siendo la ciudad de Cali su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite mediante Acta No. 036 del 05 de MARZO de 2026. Se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 05 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN-20 +57 602 660 4465 / 602 660 4466 4465/602 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional Valle Centro Zonal Centro RESERVADA
BIENESTAR FAMILIAR DEFENSORIA...
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Fecha 2026-03-15
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional Valle Centro Zonal Centro RESERVADA
BIENESTAR FAMILIAR DEFENSORIA DE FAMILIA, Cali Valle, Once (11) de Marzo de Dos mil veintiséis (2026) HA: 1109555649/1109555650
SIM: 31384630 LA SUSCRITA DEFENSORA DE FAMILIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, CENTRO ZONAL CENTRO DE LA REGIONAL VALLE CITA Y EMPLAZA Al señor JOSE ANTONIO TIMANA, Mayor e identificado con la C.C. No.1.143.827.461 (Sin más datos), en calidad de padre de las hermanas, niñas, DANNA ISABELLA y KEINY VALERIA TIAMANA MENDES, de 13 y 12 años de edad, respectivamente, para que se presente al centro zonal centro, dentro de los cinco días siguientes a la fecha, ubicado en la Avenida 1 Norte No. 7 N-41 Barrio centenario de Cali Valle, y manifieste si concede o niega el permiso de SALIDA DEL PAIS, de su hijo, quien viajara con destino al país de CHILE.
Se advierte al señor JOSE ANTONIO TIMANA, en calidad de padre del niño, que, si no comparece dentro del término fijado, la Defensora de familia procederá a otorgar el permiso, previo cumplimiento de los tramites establecidos en el artículo 110 de la ley 1098 de 2006 modificado por la ley 1878 de 2018.
El presente edicto se fija en un lugar visible de la Defensora de familia y se entrega copia del mismo a la parte interesada para que sea publicado por una sola vez en un diario de amplia circulación nacional, de conformidad con lo establecido en el inciso 5 del artículo 110 de norma en cita Dado en Cali, Valle, a los Once (11) días del mes de Marzo de Dos mil veintiséis (2026) LA DEFENSORA DE FAMILIA, ANGELA YANETH VELASQUEZ DIAZ.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE: JUAN CARLOS PERDOMO MARIZANSEN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 94.498.929, fallecido el día 07 de MAYO de 2025, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 11343214 de la Notaria Octava (8) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 034 del 05 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 05 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE: ELIA DEL CARMEN GUEVARA RODRIGUEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 34.052.914, fallecida el día 20 de JULIO de 2007, en Santa Cruz-Nariño, siendo la ciudad de Cali, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 05946978 de la Registraduría Santa Cruz-Nariño. Aceptado el trámite mediante Acta No. 035 del 05 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 05 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465 / 602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE: MARIA RUBIELA SANCHEZ CHICA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 29.065.199, fallecida el día 19 de JUNIO de 2025, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 11250037 de la Notaria Veintidós (22) del circulo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 032 del 04 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 04 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR...
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Fecha 2026-03-15
EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION SUCESORIAL DE LA CAUSANTE IDALIA RENGIFO MAYOR, IDENTIFICADO CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NO. 31.233.840, QUIEN FALLECIO EN NICHOLLS ROAD BROOKHAVEN TOWN, NY 1794, el día 06 de Abril de 2025, CUYO ULTIMO DOMICILIO O ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO O CIUDAD DE CALI. ACEPTADO EL TRAMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARIA, MEDIANTE ACTA No. 11 DE FECHA 12 DE MARZO DE 2026, SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACION Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO TERCERO (3) DEL DECRETO 902 DE 1.988 ORDENANDOSE ADEMAS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY TRECE (13) DEL MES DE MARZO DE 2026, SIENDO LAS 8:00 AM. HORAS EL NOTARIO LILIANA RAMIREZ NARANJO NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CIRCULO DE CALI. Carrera 6a. No. 8-30 Teas: (602) 881 0416- 884 3367 Cali, Valle WhatsApp: 316 527 3057 E-mail: notaria_tercera@hotmail.com
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Avisos de Remate
Texto: Que, en el proceso de la referencia, se dispuso: “SEÑALAR fecha para llevar a cabo la venta en pública subasta...
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Fecha 2026-03-15
Que, en el proceso de la referencia, se dispuso: “SEÑALAR fecha para llevar a cabo la venta en pública subasta del vehículo PLACAS IGR532 , CLASE AUTOMÓVIL, MARCA CHEVROLET, LÍNEA SPARK, MODELO 2017, CARROCERÍA HATCHBACK, COLOR GRIS GALAPAGO, MOTOR B10S1160540051, SERIE 9GAMM6101HB009386, CILINDRAJE 995, SERVICIO PARTICULAR, previamente embargado, secuestrado y avaluado dentro de este proceso, que corresponde al 100% de propiedad de la parte demandada, en los términos de lo indicado por el art. 448 del CGP , con base en los siguientes datos: FECHA DE REMATE: 7 DE ABRIL DE 2026 HORA: 9:00 A.M. BASE DEL REMATE: 70% DEL VALOR DEL AVALÚO DURACIÓN: UNA HORA VALOR DEL AVALÚO: $24.510.000, DESCRIPCIÓN DEL BIEN: Vehículo PLACAS IGR532, CLASE AUTOMÓVIL, MARCA CHEVROLET, LÍNEA SPARK, MODELO 2017, CARROCERÍA HATCHBACK, COLOR GRIS GALAPAGO, MOTOR B10S1160540051, SERIE 9GAMM6101HB009386, CILINDRAJE 995, SERVICIO PARTICULAR, registrado en el INSTITUTO DE MOVILIDAD DE PEREIRA. El vehículo se encuentra inmovilizado en el parqueadero CALIPARKING MULTISER S.A.S ubicado en la Carrera 66 # 13-11 de Cali. SECUETRE: sociedad DMH SERVICIOS DE INGENIERIA S.A.S, quien se localiza en la Calle 72 No. 11C-24 de Cali, teléfono 3104183960. En virtud de los lineamientos del Consejo Superior de la Judicatura, en concordancia con el art. 452 del CGP , se INFORMA que la subasta se realizará de manera virtual , mediante el aplicativo TEAMS PREMIUM de MICROSOFT 365 mediante el enlace que se encuentra inserto en el micrositio asignado a este Juzgado en la página web de la Rama Judicial, en la sección de Publicaciones Procesales - Remates. DISPONER que la licitación iniciará a las nueve de la mañana (09:00 am) y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo POSTURA ADMISIBLE la que cubra el setenta por ciento (70%) del monto del avalúo asignado ($17.157.000), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) de ese mismo avalúo ($9.804.000) para ser postor. Se informa que de conformidad con el artículo 451 del Código General del Proceso se deberán constituir los respectivos depósitos judiciales para ser postor a este Juzgado en la Cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de la ciudad No. 660012041003. Que a efectos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso, los que pretendan oportunamente hacer posturas en la subasta deberán enviarlas al correo institucional del juzgado: j03cmper@ cendoj.ramajudicial.gov.co aportando sus ofertas con contraseña. Que a su vez los interesados deberán remitir sus datos de contacto y demás documentos legibles que pretendan hacer valer. Poner de presente a los interesados que tendrán a disposición el expediente completo de manera virtual para su consulta en el micrositio web del Juzgado. Se advierte a los interesados a participar en la presente diligencia que, deberán previo al remate realizar la verificación del estado financiero del bien que se va a rematar, esto es, impuestos, servicios públicos, gastos de administración o parqueo. Los demás aspectos relacionados con el remate se someterán a los lineamientos del CGP. JUAN CARLOS CAICEDO DIAZ - JUEZ.
Fecha: 2026-03-15
Tipo de aviso: Juzgados Civiles Municipales
Texto: República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Valle...
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Fecha 2026-03-15
República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca JUZGADO TREINTA CIVIL MUNICIPAL DE CALI Santiago de Cali, veintisiete (27) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Radicación: Auto # 904 76001-40-03- 030-2026-00081-00 Tipo de Proceso: LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE. Deudor (es):JULIAN DAVID MORENO LOPEZ. C.C. N° 1.144.085.202. Tramite a resolver: APERTURA DE LA LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL. Este Auto hace las veces de oficio N° 506, por lo que una vez recepcionado por el destinatario teniendo como fuente un correo institucional, es de obligatoria observancia según lo contemplado en el Artículo 11 de la Ley 2213 del 13 de junio de 20221 Revisado asunto de la referencia junto con la subsanación en debida forma y oportunidad se tiene que el señor JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, representado a través de apoderado judicial, ha solicitado la apertura de la liquidación patrimonial de sus bienes, en calidad de persona natural no comerciante, por lo cual es menester traer a colación el numeral 4° del artículo 563 del Código General del Proceso que consagra que la liquidación patrimonial se iniciará en los siguientes eventos: 4. Por solicitud de la persona natural al juez competente, independientemente de si tiene o no bienes o de si estos son suficientes o no para cubrir su pasivo total. En este caso, a la solicitud le serán aplicables los artículos 539, excepto su numeral 2, y 539A, excepto su parágrafo. De acuerdo con lo anterior, se torna viable dar apertura a la liquidación patrimonial del mencionado deudor. RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR abierto el trámite de liquidación patrimonial de JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202. SEGUNDO: De conformidad con el numeral 1° del artículo 564 del Código General del Proceso, DESIGNAR al deudor JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202, junto con su apoderado judicial, doctor ANDRES FELIPE ZAMBRANO PEDROZA, identificado con C.C. N° 1.151.935.882 y T.P. N° 399.712 del C.S. de la J., como liquidadores del patrimonio del deudor. TERCERO: ORDENAR a los liquidadores designados, que en el término de los cinco (05) días siguientes a su posesión, notifiquen por aviso de la existencia del proceso a los acreedores del deudor(a) incluidos en la relación definitiva de acreencias; de igual forma, dentro del mismo término, publiquen un aviso en el Diario el País o El Tiempo el día domingo, en el que se convoque a los acreedores del deudor para que comparezcan al proceso. Así mismo, se les ordena que dentro de los veinte (20) días siguientes a su posesión, actualicen el inventario de los bienes del deudor(a) con sujeción a lo previsto por el inciso 2° del numeral 3° del artículo 564 del Código General del Proceso. 1 Todas las comunicaciones, oficios y despachos con cualquier destinatario, se surtirán por el medio técnico disponible, como lo autoriza el artículo 111 del Código General del proceso. Los secretarios o los funcionarios que hagan sus veces remitirán las comunicaciones necesarias para dar cumplimiento a las órdenes judiciales mediante mensaje de datos, dirigidas a cualquier entidad pública, privada o particulares, las cuales se presumen auténticas y no podrán desconocerse siempre que provengan del correo electrónico oficial de la autoridad judicial. Juzgado Treinta Civil Municipal de Cali Radicación # 76001-40-03-030-2026-00081-00 CUARTO: REMITIR el presente Auto que hace las veces de oficio de manera expedita, al Juzgado Sexto Civil Municipal de Cali, con el fin de que remita a este despacho el proceso con radicado 760014003006 20250125800 que cursa en contra del deudor para que haga parte de la presente liquidación patrimonial, así como a todos los Juzgados Civiles Municipales, Civiles Del Circuito, de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples y de Familia de esta ciudad, con el fin de que se sirvan informar a este Despacho si allí cursan procesos ejecutivos en contra de JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202. En caso de que su respuesta sea afirmativa, deben proceder a su remisión, al tenor de lo establecido por el numeral 4° del artículo 564 del estatuto adjetivo. QUINTO: PREVENIR a los deudores de JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202, para que las obligaciones a favor de él sean pagadas mediante consignación de un depósito judicial por cuenta de este proceso en la cuenta de depósitos del Banco Agrario N° 760012041030. Así, cualquier pago efectuado que no se realice de la forma aquí dispuesta, no surtirá los efectos de extinción de las obligaciones, conforme lo consagra el numeral 5º del artículo 564 del compendio procesal. SEXTO: ORDENAR la publicación de la presente providencia de apertura en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, por el término de quince (15) días, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 564 del C.G.P. SÉPTIMO: PREVENIR al deudor(a) JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202, de los efectos de la presente providencia de apertura consagrados en el artículo 565 del compendio procesal 2. 2 ARTÍCULO 565. EFECTOS DE LA PROVIDENCIA DE APERTURA. La declaración de apertura de la liquidación patrimonial produce como efectos: 1. Numeral modificado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: La prohibición al deudor de hacer pagos, compensaciones, daciones en pago, arreglos, desistimientos, allanamientos, terminaciones unilaterales o de mutuo acuerdo de procesos en curso, conciliaciones o transacciones sobre obligaciones anteriores a la apertura de la liquidación, ni sobre los bienes que a dicho momento se encuentren en su patrimonio. Tampoco podrán los acreedores ejecutar garantías. 2. Numeral modificado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: La destinación exclusiva de los bienes que el deudor posea a la fecha a pagar las obligaciones anteriores al inicio del procedimiento de liquidación patrimonial. Los bienes e ingresos que el deudor adquiera con posterioridad solo podrán ser perseguidos por los acreedores de obligaciones contraídas después de esa fecha, salvo cuando se trate de procesos ejecutivos de alimentos, en los que se podrán perseguir independientemente de su fecha de causación. En consecuencia, la muerte del deudor no dará lugar a la terminación de este procedimiento. 3. Numeral modificado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: La incorporación de todas las obligaciones a cargo del deudor que hayan nacido con anterioridad a la providencia de apertura, sin perjuicio de la continuación de los procesos por alimentos. Las obligaciones de carácter alimentario tendrán prelación sobre todas las demás. Los gastos de administración del procedimiento de negociación de deudas se pagarán de preferencia sobre las acreencias incorporadas en la relación definitiva de acreedores que se. hubiere elaborado en este. 4. Numeral modificado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: La integración de la masa de los activos del deudor, que se conformará por los bienes y derechos de los cuales este sea titular al momento de la apertura de la liquidación patrimonial y los que se hayan reintegrado a su patrimonio en virtud de acciones revocatorias o de simulación que hubieran prosperado. El auto de apertura dispondrá el embargo y secuestro de dichos bienes, que el juez dejará en depósito gratuito en manos del deudor. Cuando el liquidador sea el mismo deudor no se requerirá diligencia de secuestro para que se perfeccione la medida, pero el deudor allegará al expediente constancia detallada, acompañada de fotos o videos, del estado en que los bienes se encuentren, información que deberá actualizar trimestralmente, so pena de ser removido del cargo de secuestre o perder la calidad de depositario de los bienes, salvo que el deudor demuestre que su incumplimiento se debió a fuerza mayor. No se contarán dentro de la masa de la liquidación los bienes de su cónyuge o compañero permanente, ni aquellos sobre los cuales haya constituido patrimonio de familia inembargable, los que se hubieren afectado a vivienda familiar, así como aquellos que tengan la condición de inembargables. El juez de la liquidación resolverá mediante incidente cualquier solicitud de que se embarguen inmuebles afectados a vivienda familiar o que constituyan patrimonio de familia que haga un acreedor que alegue tener derecho a perseguir dichos bienes. 5. La interrupción del término de prescripción y la inoperancia de la caducidad de las acciones respecto de las obligaciones a cargo del deudor que estuvieren perfeccionadas o sean exigibles desde antes del inicio del proceso de liquidación. 6. La exigibilidad de todas las obligaciones a plazo a cargo del deudor. Sin embargo, la apertura del proceso de liquidación patrimonial no conllevará la exigibilidad de las obligaciones respecto de sus codeudores solidarios. 7. Numeral modificado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: La remisión de todos los procesos o trámites públicos o privados de ejecución, de jurisdicción coactiva, de cobro de obligaciones dinerarias, de ejecución especial que estén siguiéndose contra el deudor por obligaciones anteriores a la fecha de apertura de la liquidación patrimonial, salvo los que se lleven por concepto de alimentos y los de restitución de bienes que no hayan de continuarse de conformidad con el parágrafo Segundo de este artículo. Las medidas cautelares que se hubieren decretado en estos sobre los bienes del deudor serán puestas a disposición del juez que conoce de la liquidación patrimonial, quien ordenará la cesación de los embargos de salarios, prestaciones, pensiones y cualquier otro emolumento que devengue periódicamente el concursado a partir de la fecha de apertura de la liquidación, así como la devolución inmediata al deudor de las sumas embargadas después de tal fecha. Los procesos que se incorporen a la liquidación patrimonial estarán sujetos a la suerte de esta y deberán incorporarse antes del traslado para objeciones a los créditos, so pena de extemporaneidad. cuando en el proceso ejecutivo no se hubiesen decidido aún las excepciones de mérito propuestas, estas se considerarán objeciones y serán resueltas como tales. En los procesos ejecutivos que se sigan en contra de codeudores o cualquier clase de garante se aplicarán las reglas previstas para el procedimiento de negociación de deudas. 8. La terminación de los contratos de trabajo respecto de aquellos contratos en los que tuviere el deudor la condición de patrono, con el correspondiente pago de las indemnizaciones a favor de los trabajadores, de conformidad con lo previsto en el Código Sustantivo del Trabajo, sin que sea necesaria la autorización administrativa o judicial alguna quedando sujetas a las reglas del concurso, las obligaciones derivadas de dicha finalización sin perjuicio de las preferencias y prelaciones que les correspondan. 9. La preferencia de las normas del proceso de liquidación patrimonial sobre cualquier otra que le sea contraria. PARÁGRAFO 1o. Parágrafo adicionado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: En el caso en que la liquidación patrimonial se hubiere iniciado por solicitud directa del deudor, habrá lugar a los efectos previstos en el artículo 545. PARÁGRAFO 2o. Parágrafo adicionado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: El decreto de medidas cautelares sobre los bienes del deudor no impedirá la publicidad del proceso, de manera que el juez garantizará el acceso al expediente de las partes, aunque no se hayan practicado. PARÁGRAFO 3o. Parágrafo modificado por el artículo 31 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: Los procesos de restitución de tenencia de los bienes entregados en leasing contra el deudor continuarán su curso. Los créditos insolutos que dieron origen al proceso de restitución se sujetarán a las reglas de la liquidación. OCTAVO: REMITIR el presente Auto que hace las veces de oficio de manera expedita, a las entidades que administren bases de datos de carácter financiero, crediticio, comercial y de servicios, informándoles de la apertura del procedimiento de liquidación patrimonial de JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202, tal como lo dispone el artículo 573 del compendio procesal. NOVENO: REMITIR el presente auto que hace las veces de oficio de manera expedita a BANCO DE BOGOTA S.A., BANCO AV VILLAS, BANCO DE OCCIDENTE y SOLVENTA, quienes figuran en calidad de acreedores reconocidos del deudor, informándoles de la apertura del proceso de liquidación patrimonial del señor de JULIAN DAVID MORENO LOPEZ, identificado con C.C. N° 1.144.085.202, para que en lo sucesivo se abstengan de efectuar embargos de salarios, prestaciones, pensiones y cualquier otro emolumento que devengue periódicamente el concursado a partir de la fecha de apertura de la liquidación, así como la devolución inmediata al deudor de las sumas embargadas después de tal fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del C.G.P., so pena de imponer las sanciones a que haya lugar. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE PAULO ANDRÉS ZARAMA BENAVIDES JUEZ Firmado Por: Paulo Andres Zarama Benavides Juez Juzgado Municipal Civil 30 Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e4560af502a2 b0949f8315cf9 d49aba3f366546ce 7de680959c 07e3b 51161ca3 Documento generado en 27/02/2026 03:51:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica.
Fecha: 2026-03-13
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Fecha 2026-03-13
NOTIFICACION POR PUBLICACION LA CURADURIA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 y de las normas urbanísticas correspondientes, HACE SABER: Que mediante Resolución N° AR-76001-2-25- 0932 de 06 de marzo de 2026, se expidió un ACTO DE RECONOCIMIENTO de una edificación existente; que mediante Resolución N° LC-76001-2-25-0932 de 06 de marzo de 2026, se expidió LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION la que en su parte resolutiva extractadamente establece: ARTICULO 1o: Conceder LICENCIA DE CONSTRUCCION para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION Tipo de Proyecto: REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION EN PISOS 1o, AMPLIACION EN PISOS 2° Y 3° A EDIFICACION MULTIFAMILIAR EN TRES (3) PISOS UBICACION: CARRERA 1A5D # 73 - 83 PREDIO: W038700150000 MATR. INMOBIL.: 370-414899 TITULAR: YOLANDA CAJIAO DE DIAZ RADICADO 76001-2-25-0932 de 05 de noviembre de 2025 ARTÍCULO 3o: La iniciación de las obras sólo podrá efectuarse una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo. ARTICULO 4o: Establece las Obligaciones del solicitante o titular de la licencia y del constructor responsable de la obra. ARTICULO 5°: Los recursos de Ley que proceden, Reposición ante el Curador Urbano 2 y Apelación ante Planeación Municipal. La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que la comunicación enviada al vecino colindante de la CARRERA 1A5C # 73 - 82 no fue posible entregarla toda vez que fue devuelta por la causal de REHUSADO. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE GERARDO HERNAN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-13
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Fecha 2026-03-13
NOTIFICACION POR PUBLICACION LA CURADURIA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 y de las normas urbanísticas correspondientes, HACE SABER: Que mediante Resolución N° LC-76001-2-25-0565 de 16 de febrero de 2026, se expidió LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION la que en su parte resolutiva extractadamente establece: ARTICULO 1o: Conceder LICENCIA DE CONSTRUCCION para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION Tipo de Proyecto: REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION EN PISOS 1o Y 2°, AMPLIACION EN PISOS 2° Y 3° A EDIFICACION MULTIFAMILIAR EN TRES PISOS UBICACION:CARRERA 22 # 36 - 11 PREDIO: D061100410000 MATR. INMOBIL.: 370-268931 TITULAR: JAQUELINE CIFUENTES CASTAÑEDA RADICADO 76001-2-25-0565 de 25 de julio de 2025 ARTÍCULO 3o: La iniciación de las obras sólo podrá efectuarse una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo.ARTICULO 4o: Establece las Obligaciones del solicitante o titular de la licencia y del constructor responsable de la obra. dar de la lic ARTICULO 5°: Los recursos de Ley que proceden, Reposición ante el Curador Urbano 2 y Apelación ante Planeación Municipal. La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que la comunicación enviada al vecino colindante de la CARRERA 20 # 36 - 12 no fue posible entregarla toda vez que fue devuelta por la causal de CERRADO. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE GERARDO HERNAN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-13
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Fecha 2026-03-13
EDICTO PRENSA (CITACIÓN) LA CURADURÍA URBANA 1 DE SANTIAGO DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes es decir Ley 388 de 1997 y Decreto Nacional 1077 de 2015, cita a comparecer a este Despacho, situado en la Calle 4A # 35-32 B/SAN FERNANDO, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la presente, a los VECINOS COLINDANTES del predio que adelante se relaciona, para que se hagan parte dentro del trámite de la solicitud de un ACTO DE RECONOCIMIENTO Y una LICENCIA URBANISTICA DE CONSTRUCCIÓN, esto en el evento de conocer algún impedimento legal para su expedición, el cual debe presentarse por escrito. UBICACIÓN CALLE 70B # 2E-29 MZ D LT 5 TIPO PROYECTO RECONOCIMIENTO A VIVIENDA BIFAMILIAR EN DOS PISOS, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN A VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN TRES PISOS SOLICITANTE LUZ MARINA MURILLO GARCIA FERNANDO TORRES VELASCO RADICADO 76001-1-25-0664 FECHA RADICADO 20 DE NOVIEMBRE DE 2025 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario de amplia circulación, debido a que en el predio colindante de la CALLE 70B # 2E-35, NO fue posible entregar el comunicado al vecino por la causal de CERRADO. Se expide en Cali, el 12 de marzo de 2026 MARTHA CECILIA PALOMINO QUIÑONEZ Curadora Urbana 1 de Santiago de Cali Calle 4A # 35-32 B/San Fernando Cali TEL 3153050181 Cali Web Site: www.cu1cali.com.co E-mail: contacto@cu1cali.com.co
Fecha: 2026-03-12
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Fecha 2026-03-12
EDICTO PRENSA (CITACIÓN) LA CURADURÍA URBANA 1 DE SANTIAGO DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes es decir Ley 388 de 1997 y Decreto Nacional 1077 de 2015, cita a comparecer a este Despacho, situado en la Calle 4A # 35-32 B/SAN FERNANDO, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la presente, a los VECINOS COLINDANTES del predio que adelante se relaciona, para que se hagan parte dentro del trámite de la solicitud de una LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN, esto en el evento de conocer algún impedimento legal para su expedición, el cual debe presentarse por escrito. UBICACIÓN CARRERA 90 ENTRE CALLE 45 Y CALLE 48 MZ 96 LT 18 TIPO PROYECTO OBRA NUEVA A VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN TRES PISOS - CUATRO (4) APARTAMENTOS Y DOS (2) PARQUEADEROS SOLICITANTE(S) EDILBERTO TORRES HINCAPIE ARQUITECTO JAIME EVELIO MEJIA MURILLO RADICADO 76001-1-26-0128 FECHA RADICADO 05 DE MARZO DE 2026 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario debido a que, según información del solicitante, los predios colindantes son LOTES sin desarrollar o con edificaciones en proceso constructivo, no tienen NOMENCLATURA y se desconoce el domicilio de sus propietarios.Se expide en Cali, el 11 de marzo de 2026 MARTHA CECILIA PALOMINO QUIÑONEZ Curadora Urbana 1 de Santiago de Cali Curadora Urbana 1 de Santiago de Cali Calle 4A # 35-35 B/San Fernando TEL: 3153050181. Cali. Web Site: www.cu1cali.com.co. E-mail: contacto@cu1cali.com.co
Fecha: 2026-03-12
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Fecha: 2026-03-12
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Fecha: 2026-03-12
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EDICTO PRENSA (CITACIÓN) LA CURADURÍA URBANA 1 DE SANTIAGO DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes es decir Ley 388 de 1997 y Decreto Nacional 1077 de 2015, cita a comparecer a este Despacho, situado en la Calle 4A # 35-32 B/SAN FERNANDO, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la presente, a los VECINOS COLINDANTES del predio que adelante se relaciona, para que se hagan parte dentro del trámite de la solicitud de un ACTO DE RECONOCIMIENTO Yricunas LICENCIA LICENCIA URBANISTICA DE CONSTRUCCIÓN, esto en el evento de conocer algún impedimento legal para su expedición, el cual debe presentarse por escrito. UBICACIÓN CALLE 15A # 29A - 47 TIPO PROYECTORECONOCIMIENTO A VIVIENDA UNIFAMILIAR EN 1 PISO, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION A VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN 2 PISOS SOLICITANTE(S) LUIS ALBEIRO VILLOTA YELA ARQUITECTOJUAN MANUEL CABRERA VARGAS RADICADO 76001-1-25-0733 FECHA RADICADO 17 DE DICIEMBRE DE 2025 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario de amplia circulación, debido a que en los predios colindantes de la CALLE 15A # 29A - 41, y la CALLE 15A # 29A - 51 NO fue posible entregar el comunicado al vecino por la causal de CERRADO. Se expide en Cali, el 11 de marzo de 2026 MARTHA CECILIA PALOMINO QUIÑONEZ Curadora Urbana 1 de Santiago de Cali Calle 4A # 35-32 B/San Fernando Cali TEL: 3153050181 Cali Web Site: www.cu1cali.com.co. E-mail: contacto@cu1cali.com.co
Fecha: 2026-03-12
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: CITACION LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes CITA a los vecinos colindantes con...
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Fecha 2026-03-12
CITACION LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes CITA a los vecinos colindantes con el inmueble donde se solicitó un ACTO DE RECONOCIMIENTO y una LICENCIA DE CONSTRUCCION de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION a edificación Comercial/Servicios en 3 pisos. UBICACION: CALLE 17 # 84A - 43 PREDIO: K091100250000 MATR. INMOBIL.: 370-1017981 SOLICITANTE: CENTRO DE NEUROREHABILITACION APAES S.A.S. RADICADO 76001-2-25-1024 de 05 de diciembre de 2025 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario debido a que, según información del solicitante, uno (1) de los predios colindantes es un lote vacío sin EDIFICAR, no tiene NOMENCLATURA y se desconoce el domicilio de su(s) propietario(s). GERARDO HERNÁN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-12
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes...
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Fecha 2026-03-12
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes con el inmueble donde se solicitó una LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de edificación de VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN TRES (3) PISOS - OBRA NUEVA. UBICACION:CALLE 42 ENTRE CARRERA 70 Y CARRERA 73, LOTE 10 MANZANA 26A. SOLICITANTE: FRANCISCO ANTONIO ROJAS OCTAVO; SANDRA MILENA SANCHEZ PEREZ PREDIO:760010100169 700950011000000000 MATR. INMOBIL.: 370-1052157 RADICADO: 76001-2-26-0068 de 11 de febrero de 2026 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario debido a que, según información del solicitante, los tres (3) predios colindantes son lotes vacíos sin EDIFICAR, no tienen NOMENCLATURA y se desconoce el domicilio de su(s) propietario(s).GERARDO HERNÁN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-12
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: NOTIFICACION POR PUBLICACION LA CURADURIA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento del Decreto único reglamentario. 1077 de 2015 y de...
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Fecha 2026-03-12
NOTIFICACION POR PUBLICACION LA CURADURIA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento del Decreto único reglamentario. 1077 de 2015 y de las normas urbanísticas correspondientes, HACE SABER: Que mediante Resolución No. AR-76001-2-25-0737 de 25 de febrero de 2026, se expidió un ACTO DE RECONOCIMIENTO de la existencia de una edificación destinada a VIVIENDA, y que mediante Resolución N° LC-76001-2-25-0737 de 25 de febrero de 2026, se expidió LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACIÓN, la que en su parte resolutiva extractadamente establece: ARTICULO 1o: Conceder LICENCIA DE CONSTRUCCION para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACIÓN Y AMPLIACION Tipo de Proyecto: REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION EN PISOS 1° y 2°, AMPLIACION DE PISO 3o A VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN TRES (3) PISOS. UBICACION: CARRERA 25 A # 30- 128 PREDIO: E025200190000 MATR. INMOBIL.:370-37146 TITULAR: YENNY PATRICIA BOLAÑOS ALVEAR RADICADO 76001-2-25-0737 del 11 de noviembre 2025 ARTÍCULO 3o: La iniciación de las obras sólo podrá efectuarse una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo. ARTICULO 4o: Establece las Obligaciones del solicitante o titular de la licencia y del constructor responsable de la obra. ARTICULO 5o: Los recursos de Ley que proceden, Reposición ante el Curador Urbano 2 y Apelación ante Planeación Municipal. La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que las comunicaciones enviadas a los vecinos colindantes de la CARRERA 25 B 4 # 30 - 133, no fue posible entregarla por cuanto fue devuelta con la causal de REHUSADO. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE GERARDO HERNAN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes CITA a los vecinos colindantes...
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Fecha 2026-03-10
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes CITA a los vecinos colindantes con el inmueble para el cual se ha solicitado un ACTO DE RECONOCIMIENTO y el correspondiente REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL A VIVIENDA UNIFAMILIAR EN UN PISO. UBICACION: CARRERA 49A # 51 - 22 PREDIO: Ñ051300040000 MATR. INMOBIL.: 370-386322 TITULARES: BEATRIZ ELENA ROJAS QUINTERO; LUZ STELLA ROJAS QUINTERO; NOHEMY QUINTERO DE ROJAS; GLORIA INES ROJAS QUINTEROS GOED RADICADO 76001-2-26-0033 de enero 28 de 2026 La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que la comunicación enviada al vecino colindante de la CARRERA 49B # 51 - 23 no fue posible entregarla toda vez que fue devuelta por la causal de REHUSADO. Gerardo Hernán Lozano Victoria Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
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Fecha 2026-03-10
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes con el inmueble para el cual se ha solicitado un ACTO DE RECONOCIMIENTO y una LICENCIA DE CONSTRUCCION en la modalidad de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL MODIFICACION A EDIFICACION Y MULTIFAMILIAR EN DOS (2) PISOS. UBICACION: CALLE 112 # 26H3 - 25 PREDIO: R081900440000 MATR. INMOBIL.: 370-337962 TITULAR: MARIA ALEYDA RIOS GOEZ RADICADO 76001-2-25-1028 del 05 de diciembre de 2025 La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que la comunicación enviada al vecino colindante de la CALLE 112 # 26H3 - 17 no fue posible entregarla toda vez que fue devuelta por la causal de CERRADO. Gerardo Hernán Lozano Victoria Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes CITA a los vecinos colindantes...
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Fecha 2026-03-10
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes CITA a los vecinos colindantes con el inmueble para el cual se ha solicitado un ACTO DE RECONOCIEMIENTO de la existencia de una edificación destinada a VIVIENDA y la aprobación de una LICENCIA DE CONSTRUCCION para el proyecto de ESTRUCTURAL; MODIFICACION Y REFORZAMIENTO AMPLIACION A EDIFICACION MULTIFAMILIAR EN DOS PISOS. UBICACION: CARRERA 25A # 56A - 69 MATR. INMOBIL.: 370-239492 PREDIO: E048600180000 TITULAR: MANUEL OLIMPO QUIÑONES MEZA; RUBY LOLAY CABEZAS CASTILLO RADICADO 76001-2-25-0925 del 04 de noviembre de 2025 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario en razón a que las comunicaciones enviadas a los vecinos colindantes de la CARRERA 25A # 56A-75 no fue posible entregarlas por cuanto fueron devueltas con la causal de CERRADO. Gerardo Hernán Lozano Victoria Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: NOTIFICACION POR PUBLICACION LA CURADURIA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 y de...
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Fecha 2026-03-10
NOTIFICACION POR PUBLICACION LA CURADURIA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 y de las normas urbanísticas correspondientes, HACE SABER: Que mediante Resolución N° AR-76001-2-25-0748 de 06 de marzo de 2026, se expidió un ACTO DE RECONOCIMIENTO de una edificación existente destinada a VIVIENDA, que mediante Resolución N° LC-76001-2-25-0748 de 06 de marzo de 2026, se expidió LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION A VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN DOS (2) PISOS la que en su parte resolutiva extractadamente establece: ARTICULO 1o: Conceder LICENCIA DE CONSTRUCCION para desarrollar un proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION Tipo de Proyecto: REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, MODIFICACION Y AMPLIACION A VIVIENDA MULTIFAMILIAR EN DOS (2) PISOS UBICACION: CARRERA 1E # 46B - 13 PREDIO: C026500070000 MATR. INMOBIL.: 370-124580 TITULAR: DAVID BOTINA BETANCOUR (NUDA PROPIEDAD) RADICADO 76001-2-25-0748 de 15 de septiembre de 2025 ARTÍCULO 3°: La iniciación de las obras sólo podrá efectuarse una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo. ARTICULO 4o: Establece las Obligaciones del solicitante o titular de la licencia y del constructor responsable de la obra. ARTICULO 5°: Los recursos de Ley que proceden, Reposición ante el Curador Urbano 2 y Apelación ante Planeación Municipal. La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que las comunicaciones enviadas a los vecinos colindantes de la CARRERA 1E # 46B - 23 y CALLE 46C # 1D2 - 22 no fue posible entregarlas toda vez que fueron devueltas por la causal de CERRADOS. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE GERARDO HERNAN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
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Fecha 2026-03-10
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes con el inmueble donde se solicitó una LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de VIVIENDA UNIFAMILIAR EN DOS (2) PISOS - OBRA NUEVA. UBICACION: CALLE 33A ENTRE CARRERA 70B Y CARRERA 73 PREDIO: K044600010000 MATR. INMOBIL.: 370-1052250 SOLICITANTES: LEIDY JOHANA CAMILO RODRIGUEZ // SERGIO SANTIAGO FLOREZ MURILLO RADICADO 76001-2-26-0047 de 02 de febrero de 2026 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario debido a que, según información del solicitante, los predios colindantes son lotes vacíos sin EDIFICAR, no tienen NOMENCLATURA y se desconoce el domicilio de su(s) propietario(s).GERARDO HERNÁN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
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Fecha 2026-03-10
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes con el inmueble donde se solicitó una LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para desarrollar un proyecto de edificación de EDIFICACION MIXTA (COMERCIO Y VIVIENDA UNIFAMILIAR) EN TRES (3) PISOS - OBRA NUEVA. UBICACION: CARRERA 71 ENTRE CALLE 33A Y CALLE 34, LOTE 10 MANZANA 27A-2 URBANIZACION CIUDAD 2000. PREDIO: K044700010000 MATR. INMOBIL.: 370-1084343 SOLICITANTE: STEVEN IVAN LOPEZ BALANTA RADICADO 76001-2-26-0079 de 13 de febrero de 2026 La presente PUBLICACIÓN se efectúa a través de un diario debido a que, según información del solicitante, los tres (3) predios colindantes son lotes vacíos sin EDIFICAR, no tienen NOMENCLATURA y se desconoce el domicilio de su(s) propietario(s). GERARDO HERNÁN LOZANO VICTORIA Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-10
Tipo de aviso: Otros de Cali
Texto: CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes...
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Fecha 2026-03-10
CITACION (1) LA CURADURÍA URBANA 2 DE CALI, en cumplimiento de las normas urbanísticas correspondientes, CITA a los vecinos colindantes con el inmueble para el cual se ha solicitado un ACTO DE RECONOCIMIENTO de una edificación existente destinada a VIVIENDA y de una LICENCIA DE CONSTRUCCION para el proyecto de REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL; MODIFICACION Y AMPLIACION A VIVIENDA BIFAMILIAR EN DOS PISOS. UBICACION: CALLE 59 # 8A - 22 PREDIO D036400140000 MATR. INMOBIL.: 370-148573 TITULAR: MARIA EDILMA MARTINEZ SANDOVAL RADICADO 76001-2-25-0847 de 16 de octubre de 2025 La presente PUBLICACION se efectúa a través de un diario en razón a que la comunicación enviada al vecino colindante de la CALLE 59 # 8 A − 12 no fue posible entregarla toda vez que fue devuelta por la causal de DESOCUPADO. Gerardo Hernán Lozano Victoria Curador Urbano 2 de Santiago de Cali.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION SUCESORIAL DEL CAUSANTE RONALD AUGUSTO NUÑEZ REINA C.C NO 80.842.526 , QUIEN FALLECIÓ EN CALI, EL DÍA 14 DE MES DE MARZO DE 2014, CUYO ULTIMO DOMICILIO O ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO O CIUDAD DE CALI. ACEPTADO EL TRAMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARIA, MEDIANTE ACTA No. 04 DE FECHA 13 DE FEBRERO DE 2026, SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACION Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO TERCERO (3) DEL DECRETO 902 DE 1.988 ORDENANDOSE ADEMAS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTITRES (23) DEL MES DE FEBRERO DE 2026, SIENDO LAS 8:00 AM. HORAS EL NOTARIO EL NOTARIO SEBASTIAN SANCHEZ MEJIA NOTARIO TERCERO DEL CIRCULO DE CALI. Carrera 6a. No. 8-30 Tels: (602) 881 0416 - 884 3367 - Cali, Valle WhatsApp: 316 527 3057 E-mail: notaria_tercera@hotmail.com
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el Trámite de Liquidación Notarial de Herencia del (la) (los) causante (s) ALBERTO CERON OROZCO, quien (es) se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía Número (s) CC. 16.730.922. Aceptado el trámite mediante ACTA 006 de FEBRERO 24 de 2026, se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO, que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 1729 de 1988. El presente Edicto se fija hoy a los VEINTICUATRO (24) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL VEINTISÉIS (2026), a las 8:00 a.m. HÉCTOR MARIO GARCES PADILLA NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE CALI.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el Trámite de Liquidación Notarial de Herencia del (la) (los) causante (s) DIEGO PELAEZ MAYA, quien (es) se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía Número (s) CC. 16.598.616. Aceptado el trámite mediante ACTA 007 de FEBRERO 27 de 2026, se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO, que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 1729 de 1988. El presente Edicto se fija hoy a los VEINTISIETE (27) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL VEINTISÉIS (2026), a las 8:00 a.m. HELEN ALEJANDRA BROWN PITTO NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE CALI - ENCARGADA.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el Trámite de Liquidación Notarial de Herencia del (la) (los) causante (s) FLORENTINO RAFAEL CAICEDO ORTEGA , quien (es) se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía Número (s) CC. 6.095.048. Aceptado el trámite mediante ACTA 008 de FEBRERO 27 de 2026, se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO, que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 1729 de 1988. El presente Edicto se fija hoy a los VEINTISIETE (27) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL VEINTISÉIS (2026), a las 8:00 a.m. HELEN ALEJANDRA BROWN PITTO NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE CALI - ENCARGADA.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el Trámite de Liquidación Notarial de Herencia del (la) (los) causante (s) HEIMER QUINTERO MEJIA y NUBIOLA HERRERA DE QUINTERO , quien (es) se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía Número (s) CC. 6.083.445 y 31.230.766 . Aceptado el trámite mediante ACTA 009 de fecha MARZO 03 de 2026, se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO, que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 1729 de 1988. El presente Edicto se fija hoy a los TRES (03) días del mes de MARZO del año DOS MIL VEINTISÉIS (2026), a las 8:00 a.m. HELEN ALEJANDRA BROWN PITTO NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE CALI - ENCARGADA.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) dias siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa. en el TRAMITE NOTARIAL SUCESORAL DE LIQUIDACION DE HERENCIA INTESTADA del causante SIGIFREDO LETRADO SÁNCHEZ, quien en vida se identificará con la cédula de ciudadania No 6.381.354, fallecido en la ciudad de Cali (Valle), el dia DIEZ (10) de FEBRERO de 2023. tal como se demuestra con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el Indicativo Serial 10846282 de la Notaria DOCE (12) del Circulo de Cali (Valle), siendo la ciudad de Cali. lugar de su domicilio y asiento principal de sus negocios -Aceptado el trámite mediante Acta No. 033 del 05 de MARZO de 2.026.- Se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaria. en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 05 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026). siendo las 7:30.A.M.- NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI ALBERTO VILLALOBOS REYES Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465 / 602 660 4466 ww.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA ACUMULADA DE LOS CAUSANTES: GUILLERMINA MINA DE PEÑARANDA, que en vida se identificaba con cedula de ciudadanía No 29.695.268, fallecida el día 18 de AGOSTO del 2020, en la ciudad de Cali, según registro Civil de defunción con indicativo serial No. 06067311 de la Notaria Tercera (3a) del círculo de Cali- Valle y el señor CARLOS ARTURO PEÑARANDA CALDAS que en vida se identificaba con cedula de ciudadanía No 2.610.975, fallecido el día 10 de JULIO del 1999, en la ciudad de Palmira- Valle, según registro Civil de defunción con indicativo serial No. 3366335 de la Notaria Tercera (3a) del circulo de Palmira- Valle, siendo la ciudad de Cali su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite mediante Acta No. 029 del 03 de MARZO de 2026. Se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de IEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 03 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI M. ALEJANDRA BARGAS, M Calle 18 Norte No. 5AN-20 +57 602 660 4465/ 602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE: CIRO ALBERTO VELASQUEZ JURADO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 6.077.104, fallecido el día 25 de JULIO de 2024, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 11153633 de la Notaria Veintitrés (23) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 030 del 03 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 03 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB.M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE: GUILLERMO ERNESTO DE JESUS NOGUERA CHAVES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 14.963.161, fallecido el día 18 de ABRIL de 2021, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 10473364 de la Notaria Doce (12) del círculo de Cali. Aceptado el trámite mediante Acta No. 021 del 25 de FEBRERO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 25 de FEBRERO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS, M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE: MARIA MAGDALENA GALEANO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 29.059.278, fallecida el día 22 de MAYO de 2014, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 08674257 de la Notaria Veintitrés (23) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 025 del 25 de FEBRERO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 25 de FEBRERO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS.M Calle 18 Norte No. 5AN-20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE: MARIA OLGA CARDONA SEFERINO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 31.268.508, fallecida el día 23 de MAYO de 2014, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 08679223 de la Notaria Once (11) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 024 del 25 de FEBRERO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 25 de FEBRERO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M- Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
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EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE: NELSON GUTIERREZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 2.449.768, fallecido el día 25 de OCTUBRE de 1996, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 2423784 de la Notaria Doce (12) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 028 del 03 de MARZO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 03 de MARZO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M". Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE: MONICA MARIA TRONCOSO ZAPATA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 52.621.549, fallecida el día 06 de OCTUBRE de 2025, en la ciudad de Bogotá D.C. siendo la ciudad de Cali, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 08861593 de la Notaria Catorce (14) del círculo de Bogotá D.C. Aceptado el trámite mediante Acta No. 022 del 25 de FEBRERO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 25 de FEBRERO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M.- ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE CALI LAB. M. ALEJANDRA BARGAS, M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
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Texto: EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION SUCESORIAL DE LA CAUSANTE NORA ELENA GOMEZ, IDENTIFICADO CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NO. 32.397.614, QUIEN FALLECIO EN SANTIAGO DE CALI, el día 02 de Octubre de 2021,-CUYO ULTIMO DOMICILIO O ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO O CIUDAD DE CALI. ACEPTADO EL TRAMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARIA, MEDIANTE ACTA No. 08 DE FECHA 05 DE MARZO DE 2026, SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACION Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO TERCERO (3) DEL DECRETO 902 DE 1.988 ORDENANDOSE ADEMAS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY SEIS (6) DEL MES DE MARZO DE 2026; SIENDO LAS 8:00 AM. HORAS EL NOTARIO LILIANA RAMIREZ NARANJO. NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CIRCULCULO DECALI Carrera 6a No 8-30 Tels (602) 8810416-8843367 -Cali Valle WhatsApp. 3165273057 E-mail: notaria_tercera@hotmail.com
Fecha: 2026-03-08
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Texto: NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CALDONO CAUCA Dra. Zulma Yulieth Sandoval Mosquera EDICTO DECRETO 902 DE 1988 LA SUSCRITA NOTARIA...
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Fecha 2026-03-08
NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CALDONO CAUCA Dra. Zulma Yulieth Sandoval Mosquera EDICTO DECRETO 902 DE 1988 LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CALDONO CAUCA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro de la SUCESIÓN INTESTADA de la causante FIDELIA MUELAS CLAROS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.653.591 expedida en Santander de Quilichao, fallecida Cali, Valle, el día 15 de agosto del 2025, siendo su último último domicilio y asiento principal de sus negocios la vereda La Buitrera, corregimiento de Siberia, municipio de Caldono, Cauca, para que dentro del término de diez (10) días de la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación y radiodifusora local se presenten a hacerlo valer. Aceptado el tramite notarial mediante acta No. 02 de febrero 27 de 2026. El presente edicto se fija por el término de diez (10) días a partir de hoy 27 de febrero de dos mil veintiséis (2.026) siendo las 8 A.M. ZULMA YULIETH SANDOVAL MOSQUERA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CALDONO Notaría Única de Caldono - Cauca Dirección: Calle 3 #3-09 Teléfono: 3152723332 Email: notariacaldano@yahoo.es
Fecha: 2026-03-08
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Texto: NOTARIA UNICA DE SANTANDER DE QUILICHAO EDICTOS EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO NOTARIAL DE SANTANDER DE QUILICHAO CAUCA, EMPLAZA...
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Fecha 2026-03-08
NOTARIA UNICA DE SANTANDER DE QUILICHAO EDICTOS EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO NOTARIAL DE SANTANDER DE QUILICHAO CAUCA, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho de intervenir en la sucesión del (la) causante(s) señor(a) ISABEL ORTEGA DE MUÑOZ (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 25.521.228 expedida en Florencia (Cauca), y PASTOR MUÑOZ URBANO quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 16.826.837, expedida en Florencia (Cauca). Para que dentro de 10 días, de la publicación de este EDICTO, en la prensa y en la radio se presenten a hacerlo valer. El presente edicto se fija hoy 02 DE marzo de 2026 siendo las 8 A.M. ACTA No. 17. El Notario JUAN CARLOS RAMOS DOMINGUEZ NOTARIO UNICO.
Fecha: 2026-03-08
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Fecha 2026-03-08
NOTARIA UNICA DE SANTANDER DE QUILICHAO EDICTOS EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO NOTARIAL DE SANTANDER DE QUILICHAO CAUCA, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho de intervenir en la sucesión del (la) causante(s) MARTINIANO CARACAS (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.544.175 de Cerrito. Para que dentro de 10 dias, de la publicación de este EDICTO, en la prensa y en la radio se presenten a hacerlo valer. El presente edicto se fija hoy 24 DE febrero de 2026 siendo las 8 A.M. ACTA No. 09. El Notario JUAN CARLOS RAMOS DOMINGUEZ NOTARIO UNICO.
Fecha: 2026-03-08
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Texto: EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CORINTO, CAUCA, POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CORINTO, CAUCA, POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ DIAZ SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LA SUCESIÓN DEL CAUSANTE ERNESTO ANTONIO LEON CARDONA, QUIEN ERA PORTADOR DE LA CEDULA DE CIUDADANIA NUMERO 2.765.456 DE CORINTO, CAUCA, FALLECIDO EN CALI, VALLE, EL 14 DE AGOSTO DE 2025. Y CUYO ULTIMO DOMICILIO Y ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE ESTE MISMO MUNICIPIO. LA INICIACION DEL TRAMITE PARA LA LIQUIDACION DE LA HERENCIA FUE DEBIDAMENTE ACEPTADA POR ESTA NOTARIA MEDIANTE ACTA No. 06 DEL VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DEL 2026. Y SU PUBLICACION ORDENADA EN EMISORA Y EN UN DIARIO DE AMPLIA CIRCULACION. LO ANTERIOR PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR EL ARTICULO TERCERO (3) DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENANDOSE, ADEMAS, SU FIJACION EN UN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS 8:00 A.M. CLAUDIA PATRICIA SALDARRIAGA MARTINEZ NOTARIA UNICA DE CORINTO, CAUCA.
Fecha: 2026-03-08
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Texto: REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA NOTARIA SEGUNDA CIRCULO DE BUENAVENTURA EDICTO No. 08 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO...
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Fecha 2026-03-08
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA NOTARIA SEGUNDA CIRCULO DE BUENAVENTURA EDICTO No. 08 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2) DEL CIRCULO DE BUENAVENTURA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del (la) causante AURELINA MORENO DE VALLEJO (Q.E.P.D.) Identificado (s) con la (s) cedula de ciudadanía Nos. 29.217.044 quien (es) falleciera (n) en la ciudad en Buenaventura- Valle el día 31 de enero 2025 para que se hagan presentes dentro de los diez días siguientes a la publicación de este EDICTO en el periódico. El respectivo trámite fue aceptado en esta Notaria mediante Acta No. 08 Del cinco (05) de mano de 2026 en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 3o. del Decreto 902 de 1.998 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora local, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES. SE FIJA EL PRESENTE EDICTO A LOS SEIS (06) DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2026 Siendo las 8:00 A.M. LA NOTARIA: DURIEN RAYO NOREÑA NOTARIO SEGUNDA (2a) DEL CIRCULO BUENAVENTURA.
Fecha: 2026-03-08
Tipo de aviso: Notarías
Texto: EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, en el TRAMITE NOTARIAL DE SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE: LAURA CELINA BONILLA ANGULO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 29.092.051, fallecida el día 06 de JUNIO de 2021, en la ciudad de Cali, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción, inscrito bajo el indicativo serial No. 10244995 de la Notaria Catorce (14) del círculo de Cali-Valle. Aceptado el trámite mediante Acta No. 026 del 25 de FEBRERO de 2026 se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 1729 de 1988.- El presente Edicto se fija hoy 25 de FEBRERO del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 7:30.A.M ALBERTO VILLALOBOS REYES NOTARIO SEPTIMO (7) DEL CIRCULO DE CALI .- LAB. M. ALEJANDRA BARGAS. M Calle 18 Norte No. 5AN - 20 +57 602 660 4465/602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-08
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Texto: EDICTO EL NOTARIO DIECIOCHO DEL CÍRCULO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir,...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EL NOTARIO DIECIOCHO DEL CÍRCULO DE CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, (dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto), en el trámite notarial de la liquidación de herencia adicional de la causante ALEIDA VASQUEZ DE LEON, quien se identificaba en vida con la cedula de ciudadanía número 29.052.242, y falleciera en la ciudad de Cali (Valle) el día 22 de diciembre de 2024, siendo el Municipio de Cali, su último domicilio y asiento principal de sus negocios, para que comparezcan a hacerse parte. El trámite fue aceptado en esta Notaría, mediante el Acta No. 005 fechada el tres (03) del mes de marzo del año Dos mil Veintiséis (2.026). Y se ordenó la publicación del presente edicto en un periódico y en una radiodifusora locales, en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 3o. del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy tres (03) días del mes de marzo del año Dos mil Veintiséis (2.026), a las 8:00 a.m. El Notario, HANZ PETER ZARAMA SANTACRUZ NOTARIO DIECIOCHO DEL CIRCULO DE CALI Calle 9 No. 65 — PBX. 332 7008 RESPONSABLE D IVA NI 15.811.218-3 Cali Colombia.
Fecha: 2026-03-08
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Fecha 2026-03-08
EL SUSCRITO NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO CALI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en Radio y Prensa, al TRAMITE SUCESORAL INTESTADO del causante RONALD WILSON VIVEROS OJEDA (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 1.130.648.482, fallecido en el Municipio de Santiago de Cali, el día 06 de diciembre de 2025, tal como se acredita con el Registro Civil de Defunción con Indicativo Serial No. 10500106, de la Notaria Catorce (14) del Círculo de Cali, siendo la ciudad de Cali, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptando el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta No. 027 del 27 de FEBRERO de 2.026. Se ordena la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación, por medio de un EDICTO EMPLAZATORIO que se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, se difundirá por una vez en una emisora del lugar si la hubiere y se fijará por el término de DIEZ (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 3o. del Decreto 0329 de 1989. El presente Edicto se fija hoy 27 de FEBRERO del año 2.026 a las 7:30.A.M. ALBERTO VILLALOBOS REYES. NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE CALI Calle 18 Norte No. 5AN-20 +57 602 660 4465/ 602 660 4466 www.notaria7cali.com.
Fecha: 2026-03-08
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Texto: NOTARIA SEGUNDA DEL CIRCULO DE CALI EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CIRCULO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS...
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Fecha 2026-03-08
NOTARIA SEGUNDA DEL CIRCULO DE CALI EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CIRCULO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO; EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y LIQUIDACION SUCESORAL DE LOS CAUSANTES JESÚS MARIA OTERO TRUJILLO, QUIEN SE IDENTIFICABA EN VIDA CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NUMERO 1.452.957 DE CALDONO, CAUCA, FALLECIDO ESTANDO DE TRANSITO EN CALDONO CAUCA EL DIA 09 DE OCTUBRE DE 1989 REGISTRADA LA DEFUNCIÓN EN LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL DE CALDONO, CAUCA BAJO EL INDICATIVO SERIAL 11387530 Y EDUVIGES NUÑEZ DE OTERO, QUIEN SE IDENTIFICABA EN VIDA CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NUMERO 25.351.120 DE CALDONO, CAUCA, FALLECIDA EN CALI EL DIA 25 DE ABRIL DE 2023 REGISTRADA LA DEFUNCIÓN EN LA NOTARIA VEINTITRÉS (23) DEL CIRCULO DE CALI BAJO EL INDICATIVO SERIAL 10785852, SIENDO EL DOMICILIO DE AMBOS CAUSANTES LA CIUDAD DE CALI, ACEPTADO EL TRAMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARIA, MEDIANTE ACTA NUMERO CERO CERO TRES (003) DE FECHA ONCE (11) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026). SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN NACIONAL Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3o. DEL DECRETO 902 DE 1.988. ORDENÁNDOSE SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DOCE (12) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026), A LAS 8:00 AM. LA NOTARIA Diana Lisbeht Muñoz Diaz Notaria Segunda del Circulo de Cali.
Fecha: 2026-03-08
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Texto: EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION SUCESORIAL DEL CAUSANTE OLGA RAQUEL REINA DE NUÑEZ C.C NO 28.796.244 , QUIEN FALLECIÓ EN CALI, EL DÍA 12 DE MES DE AGOSTO DE 2019, CUYO ULTIMO DOMICILIO O ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO O CIUDAD DE CALI. ACEPTADO EL TRAMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARIA, MEDIANTE ACTA No. 03 DE FECHA 13 DE FEBRERO DE 2026, SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACION Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO TERCERO (3) DEL DECRETO 902 DE 1.988 ORDENANDOSE ADEMAS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTITRES (23) DEL MES DE FEBRERO DE 2026, SIENDO LAS 8:00 AM. HORAS EL NOTARIO EL NOTARIO SEBASTIAN SANCHEZ MEJIA NOTARIO TERCERO DEL CIRCULO DE CALI. Carrera 6a. No. 8-30 Tels: (602) 881 0416 - 884 3367 - Cali, Valle WhatsApp: 316 527 3057 E-mail: notaria_tercera@hotmail.com
Fecha: 2026-03-08
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Texto: EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR...
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Fecha 2026-03-08
EDICTO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO DE INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION SUCESORIAL DE LA CAUSANTE ASIS PINO LONDOÑO C.C NO 16.682.098, QUIEN FALLECIÓ EN CALI, EL DÍA 31 DE MAYO DE 2025, CUYO ULTIMO DOMICILIO O ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO O CIUDAD DE CALI. ACEPTADO EL TRAMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARIA, MEDIANTE ACTA No. 06 DE FECHA VEINTITRES (23) DE FEBRERO DE 2026, SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACION Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO TERCERO (3) DEL DECRETO 902 DE 1.988 ORDENANDOSE ADEMAS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTITRES (23) DEL MES DE FEBRERO DE 2026, SIENDO LAS 8:00 AM. HORAS EL NOTARIO EL NOTARIO SEBASTIAN SANCHEZ MEJIA NOTARIO TERCERO DEL CIRCULO DE CALI. Carrera 6a. No. 8-30 Tels: (602) 881 0416 - 884 3367 - Cali, Valle WhatsApp: 316 527 3057 E-mail: notaria_tercera@hotmail.com